1 Followers
25 Following
insectweeder75

insectweeder75

SPOILER ALERT!

Trámites De Extranjería En Madrid

Trámites De Extranjería En Madrid

Tramitación de gestiones en materia de Extranjería, obtención de permisos de trabajo y solicitud de Nacionalidad Española

A través de la Gestoría FGM, damos cobertura a cualquier trámite de extranjería que necesite.

Tarjeta Comunitaria de residencia y trabajo para Familiar de Ciudadano UE

Presentación telemática de permiso de vivienda y trabajo de larga duración.

Ley de Emprendedores

Ley 14/2013

Renovación desde la Sede Electrónica del Permiso de Trabajo de Profesionales  enormemente cualificados

Autorización de vivienda de larga duración lógicamente general de 5 años de vivienda continuada en España, según el artículo mil cuatrocientos ochenta y uno del real decreto 557/2011.

Autorizacion de Vivienda para busca de empleo

Renovación Residencia o bien estancia por estudios

Renovaciones de la autorización de residencia temporal y de trabajo por cuenta propia y extraña.

Renovación de la autorización de vivienda no rentable, por reagrupación familiar y de estudiosos.

Confección y tramitación en línea y telemática de la Nacionalidad Española por vivienda y demás supuestos.

Visado de estudios en España

Todas estas gestiones se realizan por sistema implantado en la sede electrónica de la Segregaría de Estado de Administraciones Públicas de tramitación telemática de expedientes.

Les recordamos que la Ley de Extranjería en su articulado nos habla de las formas y opciones para la renovación y obtención del permiso de Vivienda y de trabajo.

Tipos de Permiso de trabajo por cuenta ajena y por cuenta propia:

  • Inicial, regulado en los artículos 63.1 y seiscientos treinta y cinco del reglamento, establece una duración de un año, admitiendo limitación para una ocupación determinada y un ámbito geográfico determinado.
  • Renovado, el permiso de trabajo por cuenta extraña renovado, tiene una duración de un par de años, dejando efectuar cualquier actividad en toda España (Artículo 72 del Reglamento de Extranjería).
  • 2ª Renovación, asimismo por otros dos años y dejaría efectuar cualquier actividad en todo el territorio Español.
  • Larga duración (LD-CE), esta renovación de larga duración es ya por 5 años y autoriza a residir en España de forma indefinida.

Otros géneros de permisos de residencia y trabajo:


  • Duración determinada, de temporada o bien campaña (nueve meses de duración), de obra o servicio (Máximo de un año con opción a prórroga), temporal (12 meses de duración con posibilidad de prorrogarse), para capacitación y prácticas profesionales (1 año de duración y opción a prórroga).



  • Especiales, multinacionales, cualificados, deportistas profesionales, trabajadores enrolados en navíos, transfronterizos, autorizaciones puntuales para trabajar, trabajadores exceptuados, trabajo de los extranjeros penados, militares profesionales.


Duración determinada, de temporada o bien campaña (nueve meses de duración), de obra o servicio (Máximo de un año con opción a prórroga), temporal (12 meses de duración con posibilidad de prorrogarse), para formación y prácticas profesionales (1 año de duración y opción a prórroga).

Especiales, multinacionales, cualificados, atletas profesionales, trabajadores enrolados en buques, transfronterizos, autorizaciones puntuales para trabajar, trabajadores excluidos, trabajo de los extranjeros penados, militares profesionales.


Renovación del permiso de trabajo y vivienda (Artículo 71.2 del Reglamento de extranjería).

Plazo para la renovación del permiso de trabajo:

  • El plazo es de 60 días naturales previos a la finalización del mismo. Presentada la solicitud de renovación, prorrogará la validez del mismo hasta la resolución de la solicitud de prórroga.
  • También podrá presentarse la renovación durante los 90 días posteriores a la expiración, en un caso así puede abrirse un expediente sancionador por solicitar la no renovación en el plazo de los 60 días anteriores.

Forma de presentación de la renovación:

Requisitos:

  • Continuidad de la relación laboral que dio origen al permiso de trabajo.
  • Acreditar la realización habitual de la actividad para la que se concedió la autorización durante un mínimo de 6 meses por año y haya subscrito un nuevo contrato de trabajo que reúna los requisitos del artículo sesenta y cuatro del Reglamento de extranjería.
  • Acreditar un periodo mínimo de tres meses por año, siempre que la relación laboral cuya renovación se pretende se interrumpiera por causas extrañas a su voluntad y que haya buscado activamente empleo y que en el momento de pedir la renovación tenga un contrato de trabajo en vigor.
  • Supuestos de exención de contrato de trabajo o suspensión de la relación laboral violencia sexista.
  • Acreditación de alta en la seguridad social de 9 meses en un periodo de doce meses o de 18 meses de alta en período de veinticuatro meses. Buscando activamente empleo y finalizando la última relación laboral por causas extrañas a su voluntad.
  • Causas del artículo setenta y dos.1 f del reglamento de extranjería.
  • Ser perceptor de una prestación contributiva de desempleo.
  • Ser beneficiario de una prestación económica asistencial de carácter pública.
  • Acreditar la escolarización de los menores de edad.

Tipos de solicitudes

  • Inicio de la solicitud en el País de Origen.
  • Inicio en España, a través de el supuesto de arraigo social.

En la actualidad, para poder pedir el permiso de vivienda y trabajo se deben cumplir unas condiciones previas demandadas por la Ley de extranjería y su Reglamento como son:

  1. Comparecencia personal del empresario como único legitimado en la solicitud en los registros habilitados al efecto
  2. Verificación de la Situación Nacional de Empleo (SNE). Sólo se superará este filtro para otorgar autorizaciones de trabajo en las siguientes circunstancias:
  • a) Supuestos del Artículo cuarenta de la Ley de extranjería, donde se regulan los puestos de confianza.
  • b) Figurar en el Catálogo de Ocupación de difícil Cobertura (CODC)que se publica de forma trimestral .
  • c) Ser Nacional de Chile o bien Perú, con estos 2 países existe un Convenio de doble nacionalidad que de esta forma lo establece.
  • d) Que el INEM o bien SEPE certifique la insuficiencia de trabajadores para el puesto ofertado

Cuestiones generales:

  • Contenido del Contrato de trabajo, la duración de be ser igual o superior al periodo del permiso que queramos solicita, en general un año siendo una solicitud inicial, el sueldo establecido debe ser como mínimo el SMI vigente cada año, puesto que se cree que el único recurso con el que cuenta el trabajador extranjero es su sueldo. No se permite poner SEGÚN CONVENIO o bien S/C, debe indicarse numéricamente el importe, debe contenerlas horas de trabajo, en general cuarenta horas para poder tener recursos para vivir.
  • Solvencia económica del empleador, el empleador debe tener suficiente capacidad económica para poder abonar las cuotas de la Seguridad Social, se inadmitirá la petición en el caso de tener deudas con la seguridad social o emplear más del 50 por cien de la nómina en sufragar los costes de una .
  • Que los trabajadores extranjeros que se pretendan contratar carezcan de en España y en sus países precedentes de vivienda, que no se hallen irregularmente en España, pagar la TASA en el modelo 790 por la tramitación de la autorización de Vivienda Temporal.

Desde la Gestoría FGM, le gestionamos su petición de RENOVACIÓN DEL PERMISO DE TRABAJO Y RESIDENCIA de forma telemática, rápida, fácil y económica.
Le enviaremos el justificante telemático de entrada en el registro de la petición y en poquitos días le enviaremos su resolución de la renovación en función del trabajo de la Administración Pública.

Le enviaremos el justificante telemático de entrada en el registro de la solicitud y en pocos días le enviaremos su resolución de la renovación en función del trabajo de la Administración Pública.

Adquisición de la Nacionalidad por Residencia

Finalmente rememorar que desde la Gestoría FGM, se gestionan también expedientes de Nacionalidad, que la adquisición de la Nacionalidad por Residencia viene establecida en el artículo veintidos del CC y que se puede obtener por el extranjero que haya residido en España de forma legal y continuada a lo largo de un plazo de 10 años, cinco años, 2 años o bien un año conforme los casos.